Abogados Desahucios Alicante: Desahucio Exprés y Reclamación de Rentas

Abogados Desahucios Alicante

En nuestro despacho de Abogados Desahucios Alicante ofrecemos soluciones legales rápidas y efectivas para que recuperes tu casa. Nuestro objetivo es asesorar y representar a nuestros clientes en procesos de desahucio express, gestionando de forma simultánea la reclamación de rentas debidas.

Procedimiento de Desahucio Exprés y Reclamación de Rentas

En este artículo explicaremos la estructura de una demanda de desahucio exprés de las que habitualmente interponemos en Alicante. En la que se acumula a la acción de desahucio por falta de pago la acción de reclamación de rentas debidas.

Corresponde tramitar ese procedimiento judicial por los cauces del Juicio Verbal, a tenor de lo dispuesto en el artículo 250.1.1º de la L.E.C, que indica que se sustanciarán por este procedimiento las demandas que tengan su fundamento en el impago de las rentas derivadas del contrato de alquiler.

Son aplicables al presente asunto las modificaciones introducidas por la Leyes 19/2009 y la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal, normas en vigor a fecha de presentación de la demanda.

Respecto al domicilio de la parte demandada, debe de ser considerado a efectos del procedimiento judicial el de la vivienda arrendada, tal y como expresamente dispone en los artículos 155. 3, párrafo segundo y 164 de la LEC, en su redacción dada por la Ley 19/2009, de 23 de Noviembre.

Vista del Juicio

Respecto a la vista del juicio, únicamente será preceptiva la celebración de vista cuando el demandado, dentro del plazo de 10 días concedido por el Secretario Judicial, comparezca ante el juzgado y alegue sucintamente, formulando oposición, las razones por las que a su entender, no debe, en todo o en parte, la cantidad reclamada.

También puede alegar las circunstancias relativas a la procedencia de la enervación, siempre y cuando esta solicitud de enervación no fuera aceptada por la parte demandante, aplicación hecha de lo dispuesto en el apartado tercero del artículo 440 y cuarto del artículo 22, ambos de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Como comenzábamos diciendo, las acciones que se ejercitan se acumulan en el procedimiento judicial simultáneamente -la acción de resolución del contrato y reclamación rentas- , en base al artículo 438.3 regla 3ª de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que otorga esta facultad en el juicio verbal, cuando se trate de juicios de desahucio de finca por falta de pago, con independencia de la cantidad que se reclame.

Nuestros abogados desahucios Alicante son especialistas en desahucio por falta de pago de renta. Puede ponerse en contacto con nosotros rellenando nuestro formulario o llamando a cualquiera de nuestros teléfonos y le asesoraremos sin compromiso.

Análisis y Ampliación del Procedimiento

  1. Juicio Verbal como Vía Procedimental

El procedimiento de desahucio exprés se sustenta en el Juicio Verbal. Esta vía judicial se utiliza para demandas fundamentadas en el impago de rentas derivadas de contratos de alquiler, de acuerdo con el artículo 250.1.1º de la L.E.C.
La eficiencia del juicio verbal radica en su tramitación rápida y simplificada, lo que resulta esencial para resolver conflictos en materia de arrendamientos.

  1. Fundamentos Normativos

Las reformas introducidas por la Ley 19/2009 y la Ley 37/2011 han agilizado los procedimientos judiciales, permitiendo una resolución más expedita de los casos de desahucio. Además, el domicilio del demandado se establece en la vivienda arrendada, según lo dispuesto en los artículos 155.3 (párrafo segundo) y 164 de la LEC.
Este enfoque legal garantiza la correcta localización del demandado y la efectividad del procedimiento.

  1. Vista del Juicio y Oposición del Demandado

La celebración de vista en el juicio es obligatoria únicamente si el demandado comparece en el plazo de 10 días y presenta oposición de forma sucinta. Esta oposición debe justificar por qué la cantidad reclamada o la enervación no son procedentes, conforme a los artículos 440 y 22 de la LEC.
Este mecanismo protege el derecho de defensa del demandado, permitiendo que sus argumentos sean escuchados en el proceso.

  1. Acumulación de Acciones

La acumulación simultánea de la acción de desahucio y la de reclamación de rentas se ampara en el artículo 438.3, regla 3ª de la LEC. Esta modalidad permite gestionar ambos aspectos del conflicto en un único procedimiento, optimizando tiempos y recursos judiciales. Es el consejo más importante que los abogados desahucios Alicante pueden darte: Siempre hay que acumular acciones. En caso contrario habría que presentar dos demandas, lo que sería del todo ineficiente.
Una tramitación conjunta resulta ventajosa para resolver de manera integral las incidencias derivadas del impago de rentas.

Beneficios de Elegir Nuestro Despacho

En nuestro despacho de abogados desahucios Alicante nos especializamos en tramitar desahucios y la reclamación de rentas debidas. Nuestro enfoque se basa en la experiencia de nuestro despacho y el conocimiento jurídico profundo, lo que nos permite ofrecer una representación legal efectiva y ágil.

  • Agilidad Procesal: Aprovechamos las reformas legales para agilizar cada trámite.
  • Experiencia Probada: Con 20 años en el sector, defendemos tus intereses con rigor técnico.
  • Atención Personalizada: Analizamos cada caso de forma individual para ofrecer soluciones adaptadas.

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