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Afectados Acciones del Banco Popular

Lo que se decía imposible, luego improbable, terminando necesario, volvió a ocurrir. La intervención de una gran entidad bancaria con consecuencias directas en el patrimonio de todos sus accionistas. En esta ocasión, tal y como ocurriera en su día con Bankia, ha sido en detrimento y sacrificio patrimonial de todos los accionistas del Banco Popular que, tras su compra por el Banco Santander, soportaron la práctica liquidación de su participación en la entidad.

La similitud del recorrido del Banco Popular con el sufrido por Bankia es evidente, ésta, tras una autopromocionada formidable inversión con ocasión de su salida a bolsa, terminó de forma nefasta atrapando a muchos ahorradores minoristas y también grandes inversores o institucionales, si bien los primeros, tras una siempre larga y ardua travesía judicial, terminaron logrando recuperar en gran parte lo invertido, menester facilitado incluso por la propia entidad tras su intervención pública y creación de un procedimiento interno de resolución. Con tal antecedente el aviso estaba lanzado a los inversores, antes se sacrificaba a todos los accionistas que permitir la quiebra y liquidación de una entidad bancaria.

La crisis siguió dejando malherido a gran parte de nuestro sistema bancario, haciendo especial daño en entidades que se habían expuesto directa o indirectamente al mercado inmobiliario, e inexorablemente, a su hundimiento. El Banco Popular lo sufrió especialmente, intentando a lo largo de los últimos años cerrar vías de agua que se le abrían por todos sus costados (reclamaciones cláusula suelo, devaluación de activos inmobiliarios, créditos incobrables, desconfianza de los mercados, caída de cotización de las acciones, retiradas de depósitos, etc.) recurriendo de forma constante a la solución de ampliar capital invitando a sus potenciales inversores a compartir riesgo y ventura con garantías de prosperabilidad. No se trataba tanto de una garantía de la inversión, ya que de todos es conocida la posibilidad de pérdida de la inversión en la compra de acciones por vaivenes del mercado, pero era la propia entidad la que se arrogaba como garante de si misma en base a la imagen proyectada, es decir, su fortaleza financiera y solvencia económica plasmada en los folletos, cuentas y resúmenes soportes de cada ampliación de capital. En ellos se basaba el inversor minorista, que no disponía de otros medios objetivos de información, para realizar su inversión, razón por la que resulta crucial que los datos facilitados sean fieles a la realidad.

En el caso del Banco Popular, cuanto menos respecto a la última ampliación de capital en junio de 2016, es evidente que no fue así cuando apenas pasado un año, en julio del 2017, fue adquirida por el Banco Santander por apenas 1 euro suponiendo la amortización práctica de todas las acciones. La disparidad entre el resultado final con lo promocionado en origen al momento de la compra, y en tan corto espacio de tiempo, es una evidencia en si misma de que la imagen real de la entidad no se correspondía con la facilitada, hecho que se viene corroborando en las Sentencias de Juzgados de Primera Instancia que empiezan a estimar las acciones de inversores de minoristas respaldadas objetivamente en profundos análisis periciales sobre esas contradicciones contables con origen ya desde el año 2012.

Una vez acreditada que los documentos contractuales que el Banco Popular facilitó a sus inversores supuso una información económica financiera contable inexacta e incorrecta resulta de plena aplicación la doctrina jurisprudencial fijada por el TS en sus Sentencias Nº 91/2016 y 92/2 de 3 de febrero de 2016, para el caso de Bankia.

Es tiempo ya para que todos aquellos inversores que compraron acciones de la entidad hasta el 3 de abril de 2017 interpongan ante el Juzgado de su domicilio demanda judicial con el objeto de recuperar lo invertido, para lo cual nuestro despacho, experto en reclamaciones bancarias con una dedicación particular caso a caso, se pone a su disposición.

Abogados Madrid Legal

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