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Cómo comportarse si nos mencionan en un testamento

Si hay testamento tras la defunción de una persona, quienes tienen que intervenir y firmar ante notario la escritura pública de la apertura del mismo, son los herederos y legatarios, así como los que tienen derecho a legítima, se les adjudique algo o no en el testamento. Esta circunstancia pone en situación de cómo comportarse si nos mencionan en un testamento. Siendo un tema complicado, los profesionales de Madrid Legal, quieren ayudaros a aclararlo.

Cuando la familia está dispersa y es difícil reunir a todas las personas en todos los casos, tras ponerse de acuerdo sobre cómo van a realizar la partición, se suele dar un poder notarial a uno de los herederos o a otra persona para que lo haga en su nombre.

Asimismo, el testador puede designar a una persona en el testamento que haga la partición, así que esta persona es la encargada, dentro de la parte de la herencia que corresponde a cada heredero, de decir qué bienes se adjudican a cada cual. La labor de esta persona es muy útil cuando no hay acuerdo entre los herederos porque podrá ella realizar la partición y evitando así tener que acudir al juez.

Si el fallecido estaba casado en régimen de gananciales, la persona anterior, también denominada contador-partidor, podrá hacer además con el cónyuge viudo, la liquidación de la sociedad conyugal, o lo que es lo mismo, confirmará los bienes que corresponden al viudo por su mitad en la sociedad conyugal, y qué bienes son la herencia del fallecido, que no son idéntica cosa.

Lo aconsejable para evitar reclamaciones, aunque no imprescindible y por ello se realizan las susodichas, que el contador partidor consiga el acuerdo unánime de todas las personas que tienen que intervenir en la adjudicación de testamento con designación. De hecho, esta persona puede firmar él solo la escritura de partición salvo que el fallecido estuviera casado y tuviera patrimonio ganancial, en cuyo caso el viudo o viuda habría también de firmar, pero no los herederos.

Una vez hecho lo anterior, se sabe lo que hay en la herencia teniendo en cuenta si hay colación, una figura que determina los resultados de la misma cuando el fallecido ha donado patrimonio en vida a uno o varios de sus hijos, lo cual se tiene en cuenta para detraerlo de la herencia definitiva. Y así, los herederos tienen que estar todos de acuerdo sobre los lotes que le corresponden a cada cual, pero cuando no hay acuerdo, sobreviene acudir al juez y dicha figura tiene el nombre de repudiación de testamento.

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