¿Qúe es el Desahucio Express?
Trámites del desahucio Express
De manera más detallada, en el desahucio express se siguen los siguientes trámites: Se presentará una demanda de desahucio, el Juzgado dictará decreto admitiendo la demanda y señalando día y hora para el juicio, así como para el lanzamiento del desahucio. A partir de aquí, el arrendatario dispondrá de tan solo 10 días hábiles para satisfacer la deuda con el arrendador, alegar por escrito al juzgado que corresponda los argumentos por los que no adeuda la cantidad reclamada o, por supuesto, desalojar el inmueble de manera voluntaria. Este trámite, será sin perjuicio de que se trate de un caso de impago de renta, de expiración contractual o por una dedicación del inmueble distinta a la establecida en el contrato e inconsentida por el arrendador.
Si el arrendatario no diera cumplimiento a ninguna de estas opciones, el propio Secretario Judicial (sin ser necesaria la celebración del juicio de desahucio) pronunciará resolución en forma de decreto dando por terminado el proceso, transmitiendo a la parte que insta el desahucio para que requiera la ejecución. Se procede entonces al “inmediato lanzamiento”, en el que no es necesaria la notificación al arrendatario. Así, en el desahucio express se suprime la celebración de una vista de juicio innecesaria.
Abogados para desahucios
Ofrecemos servicio no solo en la Comunidad de Madrid sino en todo el territorio Nacional.
En Abogados Madrid Legal, estamos en disposición de llevar a cabo, tanto la reclamación de las rentas atrasadas como la tramitación de procedimiento de desahucio, de una manera rápida y sencilla. Para el desahucio express simplemente se requieren las clausulas importantes contrato alquiler, una copia de los recibos impagados y la nota simple del registro de la propiedad, o en su defecto, una copia de las escrituras del inmueble. También podemos llevar a cabo, previa petición del cliente, la redacción de un nuevo contrato de arrendamiento que le otorgue las garantías que precise.
Abogados especialistas en desahucios en Madrid
En nuestro despacho de abogados Madrid Legal encontrarás un equipo de profesionales altamente cualificados que cuentan con una extensa experiencia en gestionar y tramitar este tipo de casos. Nuestros profesionales podrán atenderte como te mereces, podrán dar respuesta a tus necesidades.
Somos perfectamente conscientes de lo difícil que puede llegar a ser tener que lidiar con unos inquilinos que no pagan la renta que les corresponde o que no abonan los gastos asociados al alquiler. Es precisamente por este motivo que nuestros abogados para desalojos y desahucios en Madrid estarán a tu entera disposición para atenderte y ayudarte a recuperar tu hogar.
Un abogado especialista en desahucios te ayudará a tramitar todo lo necesario y gestionar la situación de la mejor forma legal posible.
No sigas sufriendo, no sigas perdiendo dinero, y pon solución cuanto antes. El peor de los casos se da cuando tienes gastos hipotecarios y además no percibes ingresos por el alquiler debido al impago, requiere en cualquier caso atención inmediata. Si tus inquilinos te están dando problemas y estás cansado de que no cumplan con lo firmado en el contrario y que no se avengan a llegar a ningún acuerdo amistoso, no dudes en contratar cuanto antes una empresa de abogados en Madrid centro que pueda ayudarte a resolver esta situación y evitar que se siga alargando en el tiempo.
Es importante contar con un abogado especialista en desahucios para poder así evitar pérdidas importantes de dinero.
Si necesitas especialistas en desalojos en Madrid, no dudes en depositar tu confianza en nuestro despacho. Estaremos encantados de ayudarte a terminar con esta situación.
Motivos por los que se puede solicitar el desahucio del inquilino
Si bien cierto que el dejar de pagar la renta mensual suele ser uno de los motivos más comunes por los cuales un inquilino puede interponer una demanda de desahucio, hay que indicar que existen muchísimos otros motivos que también pueden llevar al propietario a ponerse en marcha para recuperar su casa:
- Falta de pago de la fianza o de su actualización
- Subarrendar la vivienda sin autorización
- Ocasionar daños o desperfectos en la vivienda
- Realizar obras en la casa sin consentimiento
- Llevar a cabo actividades que sean molestas, insalubres, ilegales o peligrosas
- Tener animales sin autorización del propietario
- Que la vivienda no sea utilizada como vivienda habitual
- Si el propietario necesita recuperar su hogar (solamente en ciertos casos y siempre habiendo transcurrido el primer año de contrato)
Se puede pedir un desahucio no sólo por impago en las rentas, si no que también se puede efectuar por subarriendos inconsentidos, actividades molestas…
Desahucio Express por impago
Desgraciadamente, el aumento de las demandas de desahucio no deja de incrementarse día tras día, ya que cada vez son más los inquilinos que, sea por el motivo que sea, no abonan la renta al arrendador. De ahí que muchos propietarios se hayan visto en la imperante necesidad de contratar un despacho de abogados especialistas en desahucios en Madrid a causa de problemas en casas en alquiler.
Si tu inquilino no paga la renta o demás pagos asociados al alquiler (luz, agua, gas) o bien cada mes de retrasa con el pago y tienes que pedirle una y otra vez que te abone el dinero correspondiente a la renta, es posible que te estés planteando tomar cartas en el asunto y poner fin a esta desesperante situación.
Son muchos los propietarios que se ven obligados a interponer una demanda de desahucio express para poder recuperar su vivienda y dejar de seguir perdiendo dinero con cada día que pasa. Para poder llevar a cabo un procedimiento de desahucio es necesario contar con un despacho de abogados especialistas en desahucio express que se puedan hacer cargo de tu caso.
Muchos propietarios se ven obligados a efectuar un desahucio express a causa de los impagos de los inquilinos.
Problemática del desahucio express por Falta de Pago
Desde que llegó la crisis a España (hace ya unos diez años) muchas han sido las familias que han sufrido consecuencias catastróficas y muchas de estas familias han perdido todo mientras otros se enriquecían: las consecuencias de la crisis han sido devastadoras para un país que antes lo tenía todo, un país que acogía inmigrantes y en el que había trabajo para todos independientemente de la nacionalidad de estos. Y ahora se ve, dejando salir a los ciudadanos a buscar un futuro mejor a otros países vecinos, para buscar una oportunidad, para buscar una vida mejor.
Con la llegada de la crisis muchas familias afectadas por la falta de empleo y que, por esta razón no podían pagar las rentas o la hipoteca durante algunos meses consecutivos, eran demandados por las entidades financieras para que abandonaran la vivienda por no poder hacer frente con las mensualidades o con la hipoteca. Muchas familias quedaron en la calle cuando sufrieron un desahucio express por falta de pago.
Hubo plataformas que se oponían a esto y montaban piquetes en las puertas de las viviendas que iban a ser desalojadas con el único fin de que no los obligaran a abandonar la vivienda.
La verdad es que en muchos casos se consiguieron frenar muchos desahucios, logrando que muchas familias no perdieran su casa y llegando a crear un poco de estabilidad en personas que estaban a punto de perderlo todo.
Si eres inquilino, y no puedes pagar las mensualidades, intenta llegar a un acuerdo con tu arrendador para bajar las cuotas o fraccionar la deuda, de modo que puedas hacerte cargo de ella. Pero, si no puede llegar a un acuerdo acude a los servicios sociales, al ayuntamiento o a los abogados desahucio express para que te asesoren.
Alternativas en un desahucio por falta de pago
Los ayuntamientos en caso de extrema necesidad suelen tener pisos de obra social para familias con pocos recursos que necesitan un techo. En situaciones así hay abogados que se ofrecen a un bajo costo, para poder ayudar un poco en este despropósito en el que nos hemos vuelto un poco locos todos.
Se recuerda perfectamente como querían desalojar a una señora ya octogenaria que no tenía a donde ir, o a personas con discapacitados, madres al cargo de niños con lesiones cerebrales y personas que simplemente no podían pagar. Estas personas han necesitado ayuda que no han obtenido de los gobiernos, ni de los que pueden ayudar en momentos como esos.
Por esta razón, en situaciones como estas, hay que recurrir a los abogados, para que nos ayuden y asesores legalmente, en casos de desahucio express por falta de pago.
Desahucio Express de un local comercial
Contexto
Que la crisis hizo mucho daño a España no es un secreto; que muchos no pudieron afrontarla y perdieron todo lo que tenían tampoco. Desgraciadamente y aún habiendo pasado tanto tiempo, las cosas para muchos no han cambiado tanto y siguen arrastrando deudas que no les dejan salir adelante. Muchas personas han perdido sus viviendas y sus negocios.
Tras la crisis muchos de nosotros probamos suerte en otros sectores: la construcción sufrió un gran golpe al igual que la hostelería. Muchos gastaron sus ahorros en ser emprendedores y montaron un negocio alquilando un local para desempeñar su labor y con grandes gastos hipotecarios que abonar al banco. Algunos lo hicieron bien y a día de hoy siguen con su negocio; otros tuvieron dificultades para realizar los pagos y acabaron con una orden de desahucio que se ejecutó y en la cual perdieron el local.
Y es que los locales comerciales y las empresas han sufrido muchos altibajos en esta década, altibajos que han llevado a muchos a la ruina y que han quitado muchos puestos de trabajo. Ante tantos problemas han sido muchos los desahucios tantos de viviendas como de locales comerciales, estos últimos siguen a la orden del día.
Fases de un Desahucio de un Local Comercial
Ante un desahucio de un local comercial, lo primero que hay que ver es si es procedente solicitar el desahucio. Debemos de diferenciar si el inquilino del local se retrasa en el pago o no va a satisfacer las mensualidades; de ser así se podrá solicitar judicialmente la resolución del contrato de alquiler, ejecutar posteriormente el procedimiento de desahucio por falta de pago y todo esto se puede formalizar en el mismo procedimiento judicial y con la ayuda de los abogados desahucio.
Cuando nos enfrentamos a un inquilino que no paga el alquiler del local comercial, primero debemos de saber porque no paga. Si las cosas no le van muy bien, es probable que no sea algo definitivo, es probable que sea una mala racha y que después se pueda hacer frente a la deuda.
Es importante conocer el motivo del impago de nuestros inquilinos.
¿Qué pasa después de la interposición de demanda?
Si ya esta formalizada la demanda de desahucio, el inquilino podrá enervar el desahucio, es decir, podrá pagar ante un notario la cantidad que debe al arrendador y satisfacer la deuda; así podrá seguir con el local y con el contrato de arrendamiento.
Si por el contrario, el inquilino se niega a pagar por la razón que sea, el arrendatario podrá interponer demanda de desahucio del local comercial cuando crea conveniente.
Algunas veces se intenta llegar a un acuerdo con las personas morosa, aunque esto ya queda en criterio del propietario del local comercial: puede tenerlo en cuenta y llegar a un acuerdo con el inquilino o puede hacerse con su local para volver a arrendarlo a una persona que pague el alquiler. De cualquiera de las maneras, el inquilino tiene que hacer frente al pago del local.
Si os interesa el tema, aquí os dejamos el enlace a un artículo de preguntas y respuestas sobre el procedimiento de desahucio que podrá contestar a todas vuestras preguntas sobre el procedimiento del desahucio.
Procedimiento de Desahucio por Precario
Debemos recordar que el desahucio está regulado, para los arrendamientos de inmuebles urbanos, en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos modificada por la Ley 4/2013. Y para el arrendamiento de fincas rústicas, en la Ley 49/2003, de 26 de noviembre, de Arrendamientos Rústicos.
Se pueden dar tres motivos para llevar a cabo un desahucio, el primero y más notorio, es el impago de alquiler al arrendador. El segundo caso es la finalización del plazo de duración del contrato de arrendamiento y la permanencia forzosa del arrendatario en la vivienda. Y en tercer lugar el desahucio por precario que vamos a desarrollar en el presente artículo.
Con el desahucio de precario se pretende recuperar la posesión de la cosa inmueble, sea urbana o rústica, cuando en él viven ocupas o personas que entraron en la vivienda con el consentimiento del propietario.
Ejemplos de precario
Padres que ceden su segunda vivienda a su hijo recién casado sin que medie contrato y sin que paguen renta. El hijo al cabo de cinco años se divorcia de su esposa, con la que tiene un niño de dos años. La ex esposa se queda dentro del inmueble y se niega a abandonarlo.
Fallece una pareja de ancianos que dejan en herencia su vivienda a tres de sus hijos. Uno de los hijos entra a vivir en el inmueble sin decir nada a sus dos hermanos y sin pagar ninguna clase de renta a estos.
Pareja decide ir a tomar un periodo de seis meses de vacaciones en Asia y al regresar a su domicilio se encuentran con la sorpresa de que no pueden acceder a él porque uno o varios okupas han entrado a la fuerza en la casa cambiando las cerraduras.
Cuestiones importantes antes de demandar
Gastos a tener en cuenta:
Abogado y procurador: es necesaria la intervención de ambos.
Poder notarial para pleitos.
Burofax o comunicación fehaciente.
Requerimiento extrajudicial:
Antes de de iniciar el procedimiento de desahucio por precario, es conveniente que mediante burofax o carta notariada se insta al ocupante a entregar la vivienda a su propietario, advirtiéndole que si no lo hace en un plazo determinado se procederá a iniciar el procedimiento judicial. Este es un modo de demostrar al juez que se intentó llegar a una solución de manera extrajudicial y que los ocupantes hicieron caso omiso al requerimiento.
No hay entrega de vivienda de forma voluntaria
Interposición de Demanda
Inicio del procedimiento mediante interposición de demanda ante el Juzgado de Primera Instancia del lugar en el que este sita la finca ( 45 y 52.1.7º de la LEC). Y se seguirá el cauce establecido para el juicio verbal, tomando en cuenta las especialidades que tiene el procedimiento de desahucio.
Documentos que debe acompañar a la demanda:
Poder para pleitos.
Copia del burofax o comunicación fehaciente que se le envió al demandado
Copia de escrituras de la propiedad.
El desahucio se realiza por los cauces del juicio verbal, una vez presentada la demanda y la posterior admisión de ésta por parte del Juzgado, éste envía la demanda a la parte demandada, emplazando a todas las partes a la vista (juicio) tras la cual quedará el asunto visto para Sentencia.
El Juzgado estimará o no las peticiones del demandante. En caso de dictarse Sentencia estimatoria, condenará al demandado o demandados a que, en veinte días hábiles contados desde el día siguiente a la notificación de la Sentencia, desocupen voluntariamente el inmueble. Por otro lado, es posible que de ser estimatoria la sentencia, se condena en costas (gastos judiciales) a la parte demandada.
En caso que la parte demandada no cumpla con la sentencia de manera voluntaria y no desocupe el inmueble, la parte demandante interpondrá demanda ejecutiva ante el Juzgado que dictó la Sentencia. El juzgado dictará posteriormente, fecha y hora del lanzamiento (desalojamiento del inmueble en presencia de la Comisión Judicial).
Preguntas y respuestas sobre el Desahucio Express (FAQ)
Ofrecemos Preguntas y respuestas sobre el procedimiento de desahucio.
La reciente crisis financiera que ha atravesado España ha tenido como consecuencia el alza en el impago de rentas de alquiler, que ha originado el aumento exponencial del número de procedimientos de desahucio abiertos. Con este artículo queremos resolver dudas sobre el procedimiento de desahucio por falta de pago, que el arrendador se ve obligado a iniciar cuando el arrendatario no abona las mensualidades acordadas.
¿Con cuántos impagos puedo iniciar un procedimiento de desahucio?
– Abogados especialistas en desahucios Madrid: Sólo es necesario que haya una mensualidad impagada para poder iniciarlo.
¿Qué hacer antes de iniciar el procedimiento?
– Abogados desahucios Madrid: Revisar las clausulas contrato de arrendamiento, no es requisito imprescindible hacer un requerimiento de pago extrajudicial al inquilino para que pague el alquiler, pero se recomienda que se inste un escrito mediante burofax, o carta certificada en donde se pida al inquilino ponerse al corriente de las mensualidades debidas. El requerimiento de pago debe hacerse con un mes de antelación a la presentación de la demanda y cuando a pesar del requerimiento el arrendatario no paga el alquiler, antes de la interposición de la demanda, éste pierde la oportunidad de paralizar el proceso de desahucio (enervación).
¿Puede el propietario dar de baja a los suministros de agua, luz o gas?
En ningún caso, puesto que el propietario podría incurrir en un delito de coacción.
¿Puede el propietario entrar a la vivienda e instar que se vayan los inquilinos morosos?
En ningún caso, constituye un delito de allanamiento de morada.
¿Qué sucede una vez se presenta la demanda en el Juzgado?
Admitida la demanda, el secretario judicial dicta un decreto en la que se requerirá al demandado para que:
En el plazo de tres días solicite asistencia jurídica gratuita.
En el plazo de diez días desaloje el inmueble, pague la deuda que tiene con el inquilino o formule oposición, alegando que no debe en todo o en parte la cantidad reclamada.
Además de los anteriores requerimientos, el juzgado expresará el día y la hora señalados para la vista del juicio en caso de que se produzca oposición del demandado y la fecha del lanzamiento en caso de que no haya oposición.
¿Cuánto se tarda en saber la fecha de juicio?
Una vez presentada la demanda, a los 20 díasaproximadamente, el secretario judicial dicta decreto admitiendo la demanda, señalando el día del juicio y fecha fijada para el lanzamiento.
¿Cuánto dura un procedimiento de desahucio?
Depende de la carga de trabajo que tenga el juzgado que conoce del procedimiento, pero la media oscila entre cuatro y seis meses.
¿Puede el inquilino a negarse a recibir la demanda?
Puede hacerlo sin embargo el juzgado acordará que se le notifique mediante el tablón de anuncios del propio juzgado.
¿Qué ocurre si el inquilino no atiende al requerimiento de pago, y no comparece en juicio para allanarse u oponerse?
De inmediato el secretario judicial dictará decreto dando por concluido el procedimiento de desahucio y se procederá al lanzamiento en la fecha y hora señalada.
¿Qué ocurre si el inquilino abandona el inmueble antes de la fecha de lanzamiento?
En este caso, cuando el inquilino desaloja a vivienda pero no paga las mensualidades debidas, el secretario judicial lo hará constar en el decreto dando por finalizado el procedimiento y dejando sin efecto la fecha de lanzamiento, a no ser que el demandante quiera mantener la fecha de lanzamiento para que se dicte acta del estado en el que se encuentra el inmueble. En cualquier caso, el despacho de ejecución de reclamación de la cantidad reclamada puede realizarse en cualquier momento con una solicitud al juzgado.
¿Y quién paga las costas?
El decreto dando por terminado el procedimiento de desahucio impondrá las costas al demandado e incluirá las rentas debidas que se devenguen con posterioridad a la presentación de la demanda hasta la entrega de la posesión del inmueble.
Equipo abogados desahucio Madrid Legal.

