Extinción de proindiviso de la vivienda habitual

Extinción de proindiviso de la vivienda habitual
Categoría: Extinción de proindiviso.

Dado que es imposible obligar al otro cónyuge a que nos venda su mitad de la vivienda,-es una decisión voluntaria-, la vivienda permanecerá en proindiviso y la única solución será seguir un procedimiento judicial de liquidación de la sociedad de gananciales. Durante la tramitación del mismo,si no se alcanza un acuerdo, la vivienda saldrá a subasta y se adjudicará o a un tercero o a cualquiera de los cónyuges que puje más alto.

Cuando hay posibilidad de llegar a un acuerdo se podrá optar por la disolución y liquidación de la sociedad de gananciales, esto se puede hacer antes del divorcio (mediante las  capitulaciones matrimoniales se cambia el régimen económico matrimonial de sociedad de gananciales por uno de Separación de Bienes). También se podrá hacer durante el  procedimiento judicial de divorcio, incluyendo en el convenio regulador de disolución y liquidación de la sociedad de gananciales.

Procedimiento Extincion de Proindiviso

El procedimiento de disolución y liquidación de la Sociedad de Gananciales consiste en hacer un inventario de los bienes, derechos y obligaciones que la integran, atribuirles un valor y repartirlos entre los cónyuges. Esto se lleva a efecto en un documento en el que se pueden recoger también otros pactos y acuerdos que la pareja crea oportunos.

La adquisición de la vivienda por un único cónyuge se formaliza al disolver y liquidar la sociedad de gananciales y atribuírsela en su totalidad a dicho cónyuge. Al producirseun desequilibrio (exceso de adjudicación) exige la compensación mediante pago en efectivo al cónyuge perjudicado.

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Por todo lo dicho anteriormente,

La disolución y liquidación de la Sociedad de Gananciales se podrá realizar:

  1. De forma previa a la sentencia de divorcio, sustituyendo mediante Capitulaciones Matrimoniales el régimen económico matrimonial de Sociedad de Gananciales existente por el uno de Separación de Bienes.
  1. Una vez dentro del procedimiento judicial de divorcio, también se podrá incluir una propuesta de disolución y liquidación de la Sociedad de Gananciales en el propio Convenio Regulador.

Cuando nos encontremos en un régimen de separación de bienes, si la vivienda pertenece en proindiviso a ambos cónyuges, deberá garantizarse el derecho configurado por la sentencia de divorcio al cónyuge a quien se atribuyó el uso, pero puede solicitarse la división judicial.

En caso de común acuerdo podrá realizarse una escritura de extinción de condominio pagando al otro cónyuge el importe de su parte.

Veremos ahora la extinción de proindiviso que nos ocupa en este artículo.

Extinción de proindiviso

La extinción de proindiviso es el procedimiento mediante el cual se pone fin a la copropiedad de un bien compartido entre varias personas, permitiendo que cada uno reciba su parte correspondiente. Este procedimiento está regulado en el artículo 400 del Código Civil, que establece el derecho de cualquier copropietario a solicitar la división del bien, incluso contra la voluntad de los demás. La Sentencia del Tribunal Supremo 775/2014 confirma que, cuando el bien es indivisible, como una vivienda, el juez puede ordenar su venta en pública subasta y repartir el precio obtenido. Este proceso también puede iniciarse mediante acuerdo entre las partes, evitando el litigio.

Liquidación de gananciales vivienda familiar

La liquidación de gananciales en el contexto de una vivienda familiar es un paso crucial tras el divorcio o la separación, ya que define cómo se distribuyen los bienes adquiridos durante el matrimonio. Según el artículo 1397 del Código Civil, la vivienda familiar se considera un bien ganancial si fue adquirida durante el matrimonio con recursos comunes. En muchos casos, el bien puede ser adjudicado a uno de los cónyuges, compensando al otro económicamente, o puede optarse por su venta y el reparto del precio. La Sentencia 264/2020 del Tribunal Supremo destaca la importancia de proteger a los menores en estos casos, priorizando su estabilidad y derecho a una vivienda.

Disolución de proindiviso

La disolucion de proindiviso es una solución legal para resolver conflictos entre copropietarios de un bien, especialmente en casos de desacuerdo sobre su uso o destino. Este procedimiento puede iniciarse de forma amistosa, mediante un acuerdo, o judicialmente si no hay consenso. Según la jurisprudencia, como la Sentencia 215/2018 de la Audiencia Provincial de Sevilla, cuando no es posible dividir físicamente el bien, el juez puede ordenar su venta para distribuir el valor obtenido. En los divorcios, esta disolución suele ser necesaria para evitar conflictos continuados entre los excónyuges. Un término relacionado es la extinción del proindiviso, que se utiliza indistintamente en estos procesos.

Proindivisos en los divorcios

Los proindivisos en los divorcios son situaciones comunes cuando, tras la disolución del régimen económico matrimonial, los cónyuges mantienen la copropiedad de ciertos bienes, como la vivienda familiar. Para resolver esta situación, se puede optar por la extinción del proindiviso mediante la venta del bien o la adjudicación a uno de los excónyuges, compensando al otro. Es importante considerar las implicaciones fiscales y legales de esta operación, como el impuesto de transmisiones patrimoniales. La Sentencia del Tribunal Supremo 682/2019 subraya que, en estos casos de proindivisos en los divorcios, es necesario garantizar la igualdad en el reparto y evitar situaciones de abuso entre las partes.

Disolver proindiviso

El proceso para disolver un proindiviso (o extinción de proindiviso) se inicia cuando uno de los copropietarios no desea mantener la copropiedad de un bien. En estos casos, el Código Civil establece que cualquier propietario puede solicitar la división, ya sea mediante acuerdo amistoso o por vía judicial. La disolución del proindiviso puede implicar la venta del bien en el mercado o en subasta, repartiéndose el producto entre los copropietarios. En situaciones de divorcio, este procedimiento es habitual para resolver la copropiedad de inmuebles. La Sentencia 501/2017 del Tribunal Supremo recalca que esta opción debe garantizar el principio de equidad entre las partes implicadas.

Liquidación proindiviso

La liquidacion proindiviso (previa a la extinción de proindiviso) se refiere al reparto de los bienes y valores resultantes de la extinción de la copropiedad. Este proceso es necesario cuando un bien indivisible, como una vivienda, pertenece a varias personas. Para llevar a cabo la extinción del proindiviso, se puede optar por la venta del bien y el reparto de los beneficios, o por la adjudicación a uno de los copropietarios con compensación económica al resto.

Este procedimiento, regulado por el artículo 400 del Código Civil, garantiza una solución justa y definitiva. La Sentencia 320/2021 de la Audiencia Provincial de Madrid resalta que, en caso de desacuerdo, la venta judicial es una opción válida para evitar conflictos prolongados.

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