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Recuperación de sobrecoste de compra de camiones. Abogados

Con fecha 19 de Julio de 2016 la Comisión Europea sancionó a diversos fabricantes de camiones por haber infringido el Derecho Comunitario por los siguientes motivos:

  1. Pacto entre sí de los precios “brutos” de los camiones desde el 17-01-1997 al 18-01-2011.

  2. Obstaculización en la introducción de nuevas tecnologías en materia de emisiones.

  3. Repercusión a los compradores de los costes de dichas tecnologías. Los vehículos afectados son los camiones rígidos o cabezas tractoras con un peso de más de 6 toneladas.

La Comisión Europea impuso una multa de 2.930 millones de euros a los fabricantes involucrados y, además informó que cualquier persona o empresa afectada pueda llevar el asunto ante los tribunales (abogadosmadridlegal.es) de cualquier estado miembro y reclamar daños y perjuicios.

En la siguiente tabla se indica los fabricantes, operación y tipo de vehículo afectados:

MARCA DE CAMIONES AFECTADOSOPERACIÓNTIPO DE VEHÍCULO
  • MAN propiedad de Volkswagen
  • Volvo/Renault
  • Daimler/Mercedes
  • DAF
  • Iveco
  • Compraventa, leasing o renting
  • Empresas o profesionales
  • Sólo vehículos nuevos,
    no cabe hacer reclamación de
    vehículos de segunda mano
  • Con un peso de más de 6 toneladas
  • Camiones rígidos o cabezas tractoras
Por tanto, ¿quiénes pueden recamar?

Aquellos perjudicados que hayan adquirido la marca de camiones: MAN, Volvo/Renault, Daimler/Mercedes, Iveco, y DAF, entre el 17 de enero de 1997 y el 18 de enero de 2011.

Las operaciones afectadas son compraventa, leasing o renting ya sea por empresas o particulares. Pueden reclamar incluso aquellos que hayan vendido el vehículo con posterioridad, pero no podrán los compradores de vehículos de segunda mano.

¿Cuánto pueden reclamar los afectados?

La cuantía económica no es exacta porque depende de lo que haya costado el vehículo pero se estima que el sobrecoste ronda del 10 al 20 porciento sobre el precio del camión. La estimación de la demanda supondrá para el cliente recibir el sobreprecio pagado de más, cantidad que se acreditará mediante el informe pericial que estudie la evolución de los precios de fabrica de las compañías.

¿Cuál es el procedimiento?

Se podrá iniciar reclamaciones extrajudiciales previas con los fabricantes de los camiones para evitar la vía judicial. En caso de no llegar ningún acuerdo, se acudirá a instancias judiciales en aras de satisfacer de manera individualizada los intereses de los afectados.

¿Qué documentos son necesarios para interponer la demanda?
  1. La Factura de compra del camión. Si la adquisición fue mediante leasing, copia de la póliza de leasing formalizada con la entidad financiera acompañada de la correspondiente factura. En caso de renting aportar el documento que constitución del mismo.

  2. Cabeza tractora emitida por el vendedor (concesionario, fabricante, etc…).

  3. Una fotocopia del CIF de la empresa o NIF en caso de ser autónomo.

  4. La tarjeta de transporte correspondiente (MDPE, MDLE o MPCE).

  5. Permiso de circulación del vehículo

¿Qué tiempo dispongo para hacer la reclamación?

Tan solo cinco meses puesto que el plazo para reclamar finaliza el 6 de abril de 2018.

precio camiones

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